Arbitraje en Paraguay, la nueva ley fortalece la seguridad jurídica
La Cámara Nacional de Comercio y Servicios realizó la Conferencia Internacional de Arbitraje, marcada por la actualización de la Ley de Arbitraje y Mediación, el crecimiento sostenido de los casos y la incorporación del sector deportivo a los mecanismos de resolución de controversias.

El Centro de Arbitraje y Mediación de la Cámara Nacional de Comercio y Servicios presentó una nueva edición de su conferencia anual con un enfoque claro, la de fortalecer la seguridad jurídica y afianzar al arbitraje como herramienta central para la economía paraguaya.

Ricardo Dos Santos, presidente de la Cámara, destacó el valor del Centro como una alternativa eficiente frente al sistema judicial tradicional. Subrayó que el arbitraje viene ganando espacio especialmente en contratos comerciales, obras públicas, construcción y provisión al Estado.

Además, anunció la incorporación de un nuevo ámbito de actuación gracias al acuerdo con la Secretaría Nacional de Deportes, que permitirá intervenir en controversias del deporte amateur y profesional.

A lo largo de la última década, el CAM administró aproximadamente 170 casos, número que refleja el crecimiento sostenido de la herramienta en el país.

La nueva ley corrige vacíos y refuerza la validez 

Uno de los ejes centrales del evento fue la reforma de la Ley de Arbitraje y Mediación. Tras más de un año de trabajo conjunto entre el sector privado y el Poder Ejecutivo, el Congreso ya sancionó la normativa y solo resta su promulgación.

Dos Santos explicó que la actualización responde a la necesidad de evitar fallos judiciales que, por desconocimiento, anularon laudos arbitrales en el pasado, afectando la confianza en el sistema. 

"Lo que más contento nos pone es que hay mecanismos que fortalecen la legalidad y permanencia de los laudos", afirmó.

La Directora Ejecutiva del Centro, Pamela González, resaltó que la reforma permitirá llenar vacíos, modernizar procedimientos y consolidar el arbitraje como mecanismo eficaz de resolución de controversias comerciales. "Un laudo arbitral es el equivalente jurisdiccional a una sentencia judicial, con lo cual tiene efecto de cosa juzgada", explicó.

Del comercio a la construcción y el Estado

González señaló que cualquier contrato comercial puede incorporar cláusulas arbitrales: construcción, financiero, fideicomisos, desarrollo de software, provisión de insumos, importación, exportación, agencias y distribución, entre otros. Incluso muchos contratos con el Estado ya contemplan esta figura.

Cuando una controversia surge en un contrato con cláusula arbitral, el conflicto pasa a ser resuelto por un tribunal arbitral, de uno o tres árbitros, sin necesidad de litigar en el Poder Judicial. "Todos los contratos que podamos imaginar pueden incluir cláusulas arbitrales", destacó la directora del CAM.